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PROCESO DE ADMISIÓN CURSO ESCOLAR 2018/2019

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN CURSO ESCOLAR 2018/2019

 

La Resolución de 26 de marzo de 2018 por la que se establecen el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros públicos y centros privados concertados, no universitarios, para el curso 2018-2019 ya se puede consultar a través del enlace que facilitamos.

 

https://www.dogv.gva.es/datos/2018/03/28/pdf/2018_3153.pdf

 

El calendario es el siguiente:

 

Admisión Ed. Infantil y Primaria

  • Presentación de solicitudes: Del 17 al 24 de mayo.

  • Listas provisionales: 4 de junio.

  • Reclamaciones antes dirección o titularidad del centro: Del 4 al 6 de junio.

  • Listas definitivas: 13 de junio.

  • Reclamaciones en Ayuntamiento / área de Educación (ante la Comisión Municipal de Escolarización): 13 de junio.

  • Matrícula: Del 14 de junio al 2 de julio.

 

Admisión ESO/Bachillerato

  • Presentación de solicitudes: Del 17 al 28 de mayo.

  • Requisito académico: Del 21 de junio al 5 de julio.

  • Listas provisionales: 12 de julio.

  • Reclamaciones ante dirección o titularidad del centro: Del 12 al 16 de julio.

  • Listas definitivas: 19 de julio.

  • Reclamaciones en Ayuntamiento / área de Educación (ante la Comisión Municipal de Escolarización): 19 de julio.

  • Matrícula: Del 19 al 26 de julio.

 

Y es muy importante tener claro el procedimiento para obtener el certificado de residencia:

 

Según la Orden 7/2016, de 19 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato.

En el artículo 35. Domicilio.

<<1. El domicilio familiar se acreditará mediante la presentación del DNI del padre, madre o tutor y de un recibo reciente de agua, luz o teléfono o contrato de alquiler.

Si existiera discrepancia entre los domicilios que figuren en los citados documentos se podrá requerir un certificado de residencia librado por el Ayuntamiento.

En caso de custodia compartida acordada judicialmente, se considerará domicilio familiar aquel en el que esté empadronado el alumno o alumna.>>.

 

SÓLO cuando ocurra que los datos del DNI del padre, madre o tutor legal no coincidan con algunos de los documentos que tienen que aportar:

1º. Se tiene que enviar al ciudadano inmediatamente a Registro de Entrada del Ayuntamiento a solicitar el certificado de residencia, ya que la Policía Local dispone de muy poco tiempo para verificar el domicilio y emitir el informe, puesto que el plazo para poder solicitar el certificado deresidencia por Registro de Entrada es hasta el lunes 21 de mayo.


Recordad que el jueves el Ayuntamiento está abierto de 9.00 a 14.00 h. y de 16.30 a 19.00 h.


Importante: Con un DNI del padre, madre o tutor que tenga el domicilio donde residen actualizado y que coincida con algún recibo o contrato de alquiler es suficiente.


La fecha máxima es hasta el 21 de mayo para que la Policía pueda verificar la residencia en los domicilios solicitados, emita su informe correspondiente y que el Ayuntamiento expida los certificados de residencia.

 

2º. Una vez presente el ciudadano la instancia general solicitando el informe de Residencia, ésta instancia se pasará a la Policía Local, la cual se pondrá en contacto con el solicitante para concretar día y hora para pasarse por su domicilio y entrevistarse con el interesado, además de comprobar la siguiente documentación que tendrá que tener preparada el padre, madre o tutor en el momento de la visita de los agentes:

 

  • DNI

  • Libro de Familia

  • Escrituras de la vivienda o contrato de alquiler

  • Recibo de agua, luz o teléfono

  • Tarjeta SIP del hijo/a.

  • Convenio Regulador (en caso de divorcio).

 

Es necesario que el solicitante de este certificado de residencia tenga toda la documentación preparada para verificarla, ya que la Policía no volverá a pasar por el domicilio. Por este motivo, es muy importante que informéis de este apartado a las familias.

 

3º. Una vez la Policía emita su informe, tras la visita domiciliaria, se trasladará al Ayuntamiento donde se expedirá el certificado de residencia y se llamará a las familias para que lo recojan y lo presenten en los diferentes centros escolares con fecha máxima de entrega el 24 de mayo para Educación Infantil y Primaria. Y con fecha máxima de entrega el 28 de mayo para Secundaria y Bachillerato.

 

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